Como la mayoría sabéis, a partir del 1 de julio de 2017, las empresas que cumplen ciertas condiciones de facturación están obligadas a suministrar información detallada de cada factura que emiten y reciben en un plazo máximo de 4 días.
Aunque más abajo puntualizaremos esta información, resumidamente podemos decir que esto afecta desde el 1 de julio a las empresas con declaración mensual del IVA y radicadas en España, excluyendo Euskadi y Navarra. En su mayoría, empresas grandes o con un porcentaje de exportación elevado.
Para el resto de empresas, la obligación se espera que llegue el 1 de enero de 2018 o poco más tarde.
Proyecto SII
Hasta la actual versión 10, Odoo SA siempre ha suministrado el producto en inglés y con una Contabilidad "genérica". A partir de ahí, la traducción al español y la adaptación a las normas fiscales españolas, es una tarea encomendada a la comunidad de profesionales de España.
Es por ello, que como es habitual cuando hay este tipo de cambios normativos, esta comunidad de profesionales nos hemos organizado para de un modo conjunto, dar solución a esta necesidad.
El trabajo empezó en enero y se aprovecharon las jornadas de junio en Barcelona para darle un importante impulso que casi lo dejaron terminado (ver más info de las Jornadas).
Aunque ha sido labor de mucha gente, creo que es justo agradecer en especial a Acysos por liderar el desarrollo y a Comunitea, Diagram, Minorisa, Studio73, Factor Libre, Otherway y Tecnativa por sus importantes aportaciones.
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¿Cómo funciona el módulo?
¿Va a afectar a la hora de contabilizar facturas?
La idea ha sido que nuestro contable no se vea afectado por este cambio y continúe haciendo las cosas como hasta ahora.
Tenemos varias opciones a la hora de enviar la factura:
Una vez se valide la factura.
A una hora concreta.
Tras el paso de un intervalo de tiempo tras la validación de la factura.
Una vez configurado éste y algún otro parámetro, vamos a observar que aparece una nueva pestaña en el modelo de factura, llamada SII.
Nuestro contable, supongamos que ha decidido que la factura se envíe tras ser validada. Una vez haga esto, Odoo se conectará al servidor de la AEAT y realizará el envío. Gracias al conector de Odoo, en el caso de que se produjese algún error (servidor caído, por ejemplo), la factura se guardaría en la cola, y se enviará tan pronto como sea posible.
En el caso de que todo haya ido correctamente, la información que veremos será la de la imagen de al lado.
Más información del SII
¿A quién va a afectar el SII? ¿A todos los sujetos pasivos del IVA?
El nuevo SII será aplicable con carácter obligatorio a los sujetos pasivos que actualmente tienen obligación de autoliquidar el IVA mensualmente:
Inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA)
Medianas y grandes empresas (facturación superior a 6 millones de €)
Grupos de IVA
El nuevo SII también será aplicable a los sujetos pasivos que, voluntariamente, decidan acogerse al mismo.
Es importante indicar que es una obligación de Agencia Tributaria (AEAT), por lo que las empresas que tributan en las haciendas forales (Euskadi y Navarra), no se verán afectadas hasta enero de 2018. (Ver http://www.deia.com/2017/05/12/economia/...)
¿Cuáles van a ser las líneas básicas de funcionamiento del SII?
Los sujetos pasivos acogidos al SII están obligados a llevar, a través de la Sede electrónica de la AEAT, mediante el suministro electrónico de los registros de facturación, los siguientes Libros Registro:
Libro registro de facturas expedidas.
Libro registro de facturas recibidas.
Libro registro de bienes de inversión.
Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias.
Para ello, deben remitir a la AEAT los detalles sobre su facturación, con cuya información se irán configurando casi en tiempo real los distintos Libros Registro.
El envío de esta información se realizará por vía electrónica, concretamente mediante Servicios Web basados en el intercambio de mensajes XML.
La estructura de este envío tendrá una cabecera común con la información del titular de cada libro registro, así como la información del ejercicio y período en el que se registran dichas operaciones. A esta cabecera le acompañará un bloque con el contenido de las facturas.
Asimismo, el suministro electrónico de los registros de facturación se realizará a través de un formulario web cuando se trate de sujetos pasivos que lleven a cabo pocas operaciones o cuando se quieran remitir los registros de facturas concretas de forma aislada.
El suministro de esta información se realizará conforme con los campos de registro aprobados por el Ministro de Hacienda y Función Pública a través de la Orden Ministerial HFP/417/2017, de 12 de mayo.
Para información oficial, consulta la página SII de la AEAT.
Conclusiones
Con esto, queremos transmitir a todos nuestros clientes la seguridad de que Odoo está preparado para abordar tanto este cambio como todos aquellos que puedan surgir a lo largo del tiempo.
Gracias al modelo open source de Odoo, ha sido posible realizar un trabajo colaborativo entre una serie de partners de la comunidad española, que nos ha permitido de nuevo poder presentar esta herramienta a tiempo para que nuestros clientes puedan cumplir con sus obligaciones tributarias. Todo esto, a un coste más que asumible.
Gracias por la confianza puesta en nosotros.