VERIFACTU
¿QUÉ ES VERIFACTU?
Verifactu es un nuevo reglamento impulsado por la Agencia Tributaria que pretende estandarizar los formatos de las facturas con el objetivo de mejorar la transparencia y trazabilidad de la facturación tanto de empresas como de profesionales.
¿A QUIÉN AFECTA?
A todas las empresas y autónomos de España salvo a empresas acogidas al Suministro Inmediato de Información (SII), las empresas con razón social en Bizkaia, Gipuzkoa y Araba, que ya cumplen con Ticketbai, y aquellos organismos que no estén obligados a facturar.
¿CUANDO ENTRA EN VIGOR?
Las empresas y autónomos obligados deberán tener sus sistemas informáticos adaptados al Reglamento VeriFactu antes del 1 de julio de 2025.
¿CÓMO FUNCIONARÁ EN ODOO?
Verifactu tendrá una metodología similar a la del SII o TicketBAI. Con la configuración completa, se tendrá una conexión directa vía EDI para el envío automático de las facturas a la Agencia Tributaria.
Sin embargo, Verifactu será requerido solamente para las facturas de venta, por lo que habrá la posibilidad de acogerse solamente al SII para presentar las facturas, quedando a elección de cada uno.
¿SUSTITUYE VERIFACTU A TICKETBAI O BATUZ? ¿AL SII?
No, las empresas acogidas a Ticketbai, Batuz o al SII, no tienen obligación de cumplir con Verifactu.
¿QUÉ REQUISITOS DEBE CUMPLIR LA FACTURA?
Con la entrada en vigor de este nuevo reglamento, todas las facturas deberán ser emitidas en formato digital, dejando de ser válidos los formatos word, excel o similares.
Las facturas deberán incorporar necesariamente:
- Una numeración consecutiva y concatenada.
- Un código QR con una serie de datos identificativos de la factura.
- Una referencia indicando que han sido generadas mediante un sistema de emisión de facturas verificables con la etiqueta "Veri*Factu".
¿QUÉ REQUISITOS DEBE CUMPLIR EL SOFTWARE DE FACTURACIÓN?
El software utilizado para la facturación debe estar certificado para garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. Una vez que emitamos una factura ya no la podremos modificar.
Además, estos sistemas deben de ser capaces de remitir esta información a la AEAT de forma continua, instantánea, automática, íntegra, segura, consecutiva, sin errores y fehacientemente.
En el momento de expedición de la factura, los sistemas tienen que generar, guardar y remitir a la Agencia Tributaria un resumen de la factura –llamado registro de facturación– que lleva incorporada una serie de medidas de seguridad y control, como son la huella digital de sus datos, la inclusión de información del anterior registro generado (lo que permite verificar que no hay omisiones) y, en su caso, la firma electrónica del emisor del mismo.